lunes, 15 de septiembre de 2008

11-S. ACTO ILEGAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALELLA

El pasado 11 de septiembre, el Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Alella, compuesto por ERC-LG y PSC, decidieron arriar las banderas oficiales para izar en su lugar la llamada estelada. Ante la noticia de que esa iba a ser la actuación de mi Ayuntamiento decidí requerir al Alcalde para que reconsiderara la decisión tomada de cometer ese acto ilegal, sectario y excluyente. Además del escrito que a continuación recojo, presenté denuncia ante la Policía Local de Alella, que levantaron acta fotográfica de los hechos, por infracción muy grave de la Ley de Banderas.

"SR. ALCALDE DE ALELLA

Don FCO. JAVIER BERZOSA HERGUETA, en mi calidad de Regidor-Portavoz del Grupo Municipal del Partit Popular de Catalunya en el Ajuntament d’Alella, comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que habiendo tenido conocimiento de la intención, por parte del Equipo de Gobierno de este Ayuntamiento que Ud. preside, de infringir la Ley 39/1981, de 28 de octubre, que regula el uso de la bandera de España y de las otras banderas y enseñas, sumándose a una iniciativa promovida por un colectivo denominado “Comissió 100 anys d’estelada”, en cuya página web se ensalza a delincuentes terroristas y se alienta a la separación y la reversión del vigente orden constitucional (http://www.estelada.cat/), consistente en, aprovechando la celebración de la Fiesta de Catalunya el próximo 11 de septiembre, arriar todas las banderas oficiales y colocar en su lugar una bandera denominada estelada, que sólo representa a algunas facciones del independentismo catalán y a la memoria de grupos terroristas, SOLICITO QUE SE REVOQUE EL ACUERDO MUNICIPAL, suponiendo que se haya tomado dicho acuerdo en Junta de Gobierno, QUE PRETENDE VULNERAR LA LEY ANTES CITADA, enalteciendo la reversión del orden constitucional. Baso mi petición en los siguientes

HECHOS

PRIMERO.- Según se ha informado por el boletín de información de la sección local de ESQUERRA REPUBLICANA (l’Esquerra informa…), que ha sido repartido por todos los domicilios de Alella, ese Ayuntamiento, del que formo parte. “ha decidido sumarse a los actos promovidos por la Comisión de 100 años de estelada” arriando para ello las banderas oficiales de España, Cataluña, Unión Europea y de Alella para izar, en su lugar, una bandera denominada “estelada” y que no es bandera oficial sino simplemente bandera de facciones separatistas o independentistas que no representan a los vecinos de Alella. A través de la propia página web, en la que se consideran héroes y patriotas a terroristas, de la llamada Comisión de 100 años se confirma la adhesión de este Ayuntamiento, del que formo parte, a dichos actos ilegales.

SEGUNDO.- El acuerdo de izar esa bandera sectaria, anticonstitucional y no oficial en el balcón del edificio consistorial no se ha tomado en Pleno Municipal. Y de haberse tomado en Junta de Gobierno, este regidor no ha sido informado, dándose la circunstancia de que en el Orden del Día de las dos últimas Juntas de Gobierno no se recogía ningún punto en el que la cuestión a tratar fuera la de cometer una ilegalidad como la que se pretende. Por lo tanto, el acuerdo de cometer la infracción, penal o administrativa, no ha sido tomada en órganos colegiados recayendo la responsabilidad en el Alcalde.

TERCERO.- La usurpación por una parte del consistorio de una resolución de este tenor, en el supuesto de que se haya adoptado en órgano colegiado a espaldas de los representantes de los vecinos, supone una usurpación de la Casa Consistorial para exhibir símbolos políticos con los que algunos miembros del Ayuntamiento pueden sentirse identificados pero que no representan a la ciudadanía de Catalunya ni de los vecinos de Alella. Los ciudadanos de este municipio tienen derecho a que en los locales de uso público se exhiban los símbolos que nuestras leyes prevén, en consonancia con lo aprobado por las cámaras legislativas democráticamente elegidas. Lo contrario, el atentar contra las leyes haciendo uso sectario y partidista de edificios públicos para exhibir, suplantando el lugar de las oficiales, banderas minoritarias e ilegales, (ya sean esteladas, esvásticas, yugos y flechas o serpientes…) supone, además de un acto ilegal merecedor de reproche legal, un ejercicio de totalitarismo antidemocrático propio de regímenes fascistas.

Los órganos municipales pueden, dentro de sus competencias, acordar la exhibición de emblemas o banderas en los lugares públicos que puedan ser tenidos como propios por toda la población, o que difundan entre los vecinos principios de solidaridad, o tengan sentido deportivo, cultural o similar. Pero tales símbolos no podrán ser nunca exhibidos en los lugares y en la forma reservados a los símbolos que representan verdaderamente al municipio, a la comunidad autónoma y a la Nación española, pretendiendo confundirse con ellos.

CUARTO.- La exhibición de la bandera “estelada” arriando la bandera española supone incumplir la ley de banderas y pretende la suplantación, aunque sea temporal, de las banderas previstas en la Ley por una enseña no oficial y que no es considerada como propia por nadie más que una minoría. Ello supone una burla a la legalidad y un desprecio a la soberanía popular reflejada en las leyes por parte del ayuntamiento que Ud. preside.

QUINTO.- Si tuviera Ud. alguna duda sobre la vigencia de la Ley 39/1981, de 28 de octubre, le recuerdo la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, de 27 de julio de 2007, que dice textualmente:

“Debe ondear la bandera de España. La primera, en el exterior de los edificios y establecimientos de las Administraciones del Estado, en los que la bandera debe ondear diariamente con carácter de permanencia, no de coyuntura, no de excepcionalidad sino de generalidad y en todo momento…”

Lo que obliga a la permanencia de dicha enseña en el mástil, incluso si debe ser retirada para su lavado, siendo sustituida por otra enseña de iguales carácterísticas.

SEXTO.- No existe dotación presupuestaria en este Ayuntamiento para adquirir banderas “esteladas”.

SÉPTIMO.- Para el supuesto de que, pese a la denuncia de vulneración de la Ley que ahora se le formula y la petición de que se revoque el acuerdo, en caso de haber sido tomado en órgano colegiado, que pretende infringir la ley, me reservo todas las acciones legales que puedan proceder en defensa de la legalidad y de los intereses generales de los vecinos de Alella.

Por todo ello,

AL ALCALDE SOLICITO, que tenga por presentado este escrito y, en sus méritos REVOQUE EL ACUERDO CONSISTORIAL CONSISTENTE EN EXHIBIR EN EL BALCÓN DEL AYUNTAMIENTO SÍMBOLOS DISTINTOS DE LOS CONTEMPLADOS EN LA LEGALIDAD VIGENTE.

OTROSÍ DIGO: Que pida del Secretario de la Corporación que emita un informe jurídico sobre el hecho de arriar la bandera de España del mástil municipal izando en su lugar una bandera como la “estelada”, así como de las consecuencias y responsabilidades que se pueden derivar de tales hechos, dándome traslado de dicho informe.

SOLICITO, que se emita dicho informe por el Secretario Municipal y se me facilite copia del mismo.

En Alella, a 8 de septiembre de 2008.


Fco. Javier Berzosa
Regidor PPC"

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